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La cartera de servicios comunes del SNS no incluye la implantación bilateral sin restricciones

Escrito por Federación AICE / AICCyL el .

BOE 162La Federación AICE ante la publicación en el BOE 162 del 08/07/2015, de la Orden SSI/1356/2015 que modifica la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud, muestra su prudente alegría. Ya que la decisión política reconoce las actuaciones reales que se están haciendo desde hace ya varios años con respecto al implante coclear bilateral. No es un avance real, sólo es el reconocimiento político a una realidad existente con la implantación coclear bilateral en España. Tampoco es la aprobación “sin restricciones” de la implantación bilateral, como alguien nos quiere hacer creer.

En la pág. 56613 de dicho BOE; con respecto a los implantes cocleares se especifica la implantación bilateral “tras su valoración individualizada en niños y adultos. Especialmente en las siguientes situaciones:

-Pacientes con hipoacusia postinfecciosa (posmeninguitis o poscitomegalovirus) o con otras discapacidades (ceguera, déficits multisensoriales o Usher).

-Pacientes con resultados pobres tras el primer implante (malformaciones de oído interno, trastornos de conducta asociados) o patologías que puedan interferir en el resultado del primer implante (Síndrome de Pendred u otros síndromes hereditarios).”

Es decir, todos los niños y adultos sordos, tras someterse a una valoración individualizada, puede optar a un implante coclear bilateral. Cosa que ya se estaba efectuando, bajo criterio médico. Así como los planteamientos que se citan como especiales ya se estaban haciendo desde hace más de 10 años en España, bajo criterio médico, sin que estuviera especificada la implantación bilateral.

Al especificar que la implantación bilateral se hará “especialmente” en las condiciones indicadas esperemos que no limite el criterio médico en todos aquellos supuestos que no se encuentren en las condiciones especiales.

La Federación AICE, como representante del colectivo de implantados cocleares españoles, viene pidiendo la implantación bilateral desde hace años, a los responsables ministeriales y también lo manifestó en su reciente comparecencia delante de la Comisión para las Políticas Integrales de la Discapacidad, espera que la aplicación de la implantación bilateral, de acuerdo con los compromisos verbales expresados con los responsables ministeriales a nuestra Federación, sea con un criterio abierto y no restrictivo.

Podéis consultar el BOE, aquí:https://www.boe.es/boe/dias/2015/07/08/pdfs/BOE-A-2015-7629.pdf

Móvil/SMS: +34.695.53.26.27

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