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Derechos de las personas con Implante Coclear

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DERECHOS DE LAS PERSONAS CON IMPLANTE COCLEAR

¿Ser portador/a de Implante Coclear (IC) supone tener un grado de discapacidad?

, todas las personas con Implante Coclear tienen reconocido un mínimo del 33% de discapacidad “El porcentaje de deficiencia por pérdida auditiva se basará en la pérdida de audición binaural”. “Cuando al paciente le haya sido aplicado un implante coclear, la valoración de la deficiencia se realizará de acuerdo con la función auditiva residual que presente una vez concluida la rehabilitación, teniendo en cuenta que el porcentaje de discapacidad asignado nunca podrá ser inferior al 33%”.

Para más información: Consultar en Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad. Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre

¿Quién tramita la tarjeta de la discapacidad?

Es un documento oficial expedido por la Administración Pública que puedes solicitar si tienes una limitación física, sensorial o psíquica, para lo cual serás objeto de una valoración multiprofesional: médica, psicológica y social.
Para que la discapacidad esté acreditada y puedas disfrutar de determinados beneficios es necesario que se te reconozca un grado igual o superior al 33 %.
La tarjeta se expedirá junto con la resolución del grado de discapacidad.
Deberás dirigirte a los Centros de Valoración y Orientación de las personas con discapacidad de tu comunidad autónoma, que serán los competentes para su gestión.

Listado de los Centros de Valoración y Orientación

Información: www.implantecoclear.org/tarjeta_discapacidad

¿De qué me tiene que informar el personal sanitario?

Los pacientes y los usuarios del Sistema Nacional de Salud tienen derecho a recibir información sobre los servicios y unidades asistenciales disponibles, su calidad y los requisitos para acceder a ellos.

¿Puedo solicitar una copia de mi historia clínica? ¿Puedo pedir mi mapa de programación del procesador?

La deben facilitar en el plazo de un mes, aunque se puede ampliar el plazo, incluidos los mapas de programación del procesador. Es importante tenerlo especialmente si viaja en caso de que le falle o se le desprograme el procesador. Puede solicitar también la historia clínica de sus familiares fallecidos, salvo que se haya opuesto en vida.

¿Puedo solicitar la rectificación y /o eliminación de datos de mi historia clínica?

. Pero si se trata de datos médicos, será el facultativo o la administración sanitaria los que decidan si se rectifican o cancelan.

¿Puede acceder a mis datos cualquier médico o personal sanitario?

No. Solo se puede acceder cuando existe una justificación para ello: consulta médica, gestión de los servicios sanitarios o sociales, citas médicas, razones de interés público en el ámbito de la salud pública, etc.

¿Van a ceder mis datos públicos?

No, salvo que sea necesario o hayas consentido. Se cede la mínima información a las compañías aseguradoras privadas para que abonen el servicio médico o al laboratorio, por ejemplo. También se dan datos no identificativos para estadísticas.

¿Qué pasa si me hospitalizan? ¿Conoce el personal médico mi procesador? ¿Qué pruebas puedo realizarme?

La Federación AICE ha creado documentos específicos para cada uno de los procesadores en el mercado en caso de hospitalización. Consulta el tuyo en: www.implantecoclear.org/hospitalizacion

 

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Declarada de Utilidad Pública.
B.O.E. núm. 54 de 4 de marzo de 2015
Sec. III, pág. 20211

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