Planes estatales de protección civil para la mejora de la atención a las personas con discapacidad (BOE núm. 3)

Sábado, 04 de Enero de 2020 12:45 Federación AICE

Formato pdfDirectrices básicas de planificación para mejorar la atención a personas con discapacidad y a otros colectivos en situación de especial vulnerabilidad ante emergencias. BOE núm. 3 de 3 de enero de 2020

Real Decreto 734/2019, de 20 de diciembre, por el que se modifican directrices básicas de planificación de protección civil y planes estatales de protección civil para la mejora de la atención a las personas con discapacidad y a otros colectivos en situación de especial vulnerabilidad ante emergencias.

Las directrices básicas y los planes de protección civil deberán contener programas de información y comunicación preventiva y de alerta que permitan a los ciudadanos adoptar las medidas oportunas para la salvaguarda de personas y bienes, facilitar en todo cuanto sea posible la rápida actuación de los servicios de intervención, y restablecer la normalidad rápidamente después de cualquier emergencia. Estos programas de información deberán incluir medidas que garanticen la accesibilidad universal para las personas con discapacidad y en su difusión es preciso asegurar la correcta recepción por parte de los colectivos en situación de especial vulnerabilidad.

Así, de lo expuesto en los párrafos anteriores, se pone de manifiesto el cumplimiento de los principios de necesidad y eficacia. La modificación de las directrices básicas de planificación de protección civil conlleva la necesidad de adecuar los planes autonómicos y locales a las modificaciones introducidas, por lo que esta norma es el instrumento más adecuado para garantizar la atención a las personas con discapacidad y en situación de vulnerabilidad en todas las emergencias.

 

El objetivo es que, ante cualquier amenaza de catástrofe natural o emergencia industrial o tecnológica, se garantice que las personas con discapacidad reciban la información de forma que les resulte comprensible y puedan adoptar así las medidas oportunas para su propia seguridad y la salvaguarda de sus bienes.

Las modificaciones se deberán introducir en los planes autonómicos y locales y, para establecer los mecanismos concretos, se deberán determinar protocolos de actuación específicos en las distintas fases de las emergencias.

El objetivo del Real Decreto es garantizar que las personas con discapacidad conozcan qué medidas deben adoptar como acción preventiva ante una emergencia y sienta las bases para suprimir, entre otras, las barreras comunicativas a las que se enfrentan las personas sordas usuarias de la lengua de signos cuando reclaman un servicio de emergencia a través del teléfono 112.

Formato pdfDirectrices básicas de planificación para mejorar la atención a personas con discapacidad y a otros colectivos en situación de especial vulnerabilidad ante emergencias. BOE núm. 3 de 3 de enero de 2020

 

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