Desde hoy 21 de diciembre de 2018, el estándar a cumplir por las Administraciones Públicas españolas en sus sitios web es el EN 301 549 v2.1.2 (2018-08). En el caso de las aplicaciones móviles se aplicará a partir del 23 de Junio de 2021.
El 21 de diciembre de 2018, se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea la Decisión de Ejecución (UE) 2018/2048 de la Comisión, de 20 de diciembre de 2018, sobre la norma armonizada aplicable a los sitios web y a las aplicaciones para dispositivos móviles redactada en apoyo de la Directiva (UE) 2016/2102 del Parlamento Europeo y del Consejo.
Mediante esta decisión se establece que el estándar de aplicación para el cumplimiento de la Directiva (UE) 2016/2102 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2016, sobre la accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles de los organismos del sector público es la norma "EN 301 549 V2.1.2 (2018-08). Requisitos de accesibilidad para los productos y servicios de las TIC".
Esta norma, alineada a su vez con las WCAG 2.1 recoge en el Anexo informativo A la relación entre los contenidos de la norma y los requisitos esenciales de la Directiva.
En el contexto español, el pasado 20 de septiembre de 2018 entró en vigor la mayoría de las provisiones del nuevo Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público que traspone al ordenamiento jurídico español la Directiva 2016/2102. En su artículo 6 se fija que "Se presumirá que el contenido de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles que cumpla las normas armonizadas o partes de éstas cuyas referencias hayan sido publicadas en el «Diario Oficial de la Unión Europea» es conforme a los requisitos de accesibilidad establecidos en el artículo 5 que estén cubiertos por dichas normas o partes de ellas.".
Por lo tanto, desde hoy 21 de diciembre de 2018, el estándar a cumplir por las Administraciones Públicas españolas en sus sitios web es el EN 301 549 v2.1.2 (2018-08). En el caso de las aplicaciones móviles aplicará a partir del 23 de Junio de 2021.
Fuente: Portal de la Administración electrónica del Gobierno de España
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