A partir de enero se puede solicitar la nueva deducción del IRPF
Los beneficiarios de las tres nuevas deducciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas FÃsicas (IRPF) que incorpora la reforma fiscal para el apoyo a la familia podrán solicitar a partir del mes de enero próximo su abono anticipado. Las deducciones se incluirán en la declaración anual de IRPF del 2015, a presentar en 2016, donde se regularizarán las cantidades que se hubieran percibido como abono anticipado.
La solicitud del pago anticipado se podrá realizar de manera colectiva o individual mediante la presentación de un nuevo modelo, el 143, por cada una de las deducciones, acumulables entre sÃ, a las que los beneficiarios tengan derecho (100 euros mensuales por familia numerosa y por cada descendiente y ascendiente con discapacidad; 200 euros en el caso de familias numerosas de categorÃa especial).
A partir del 7 enero se podrá presentar la solicitud por Internet o bien por teléfono, en el 901 200 345. Y a partir del 3 de febrero, se podrá hacer también en cualquier oficina de la Agencia Tributaria.
Requisitos
- TÃtulo de familia numerosa y/o certificado de discapacidad: los solicitantes deben comprobar que cuentan con la documentación acreditativa de familia numerosa y el certificado de discapacidad del ascendiente o descendiente. Las Comunidades Autónomas enviarán directamente esta documentación a la Agencia Tributaria.
- Número de Identificación Fiscal (NIF) de todos los solicitantes, asà como de los descendientes y ascendientes con discapacidad. Para menores de 14 años que no cuenten con NIF se podrá solicitar un NIF con la letra ‘K’ de menores en las oficinas de la Agencia Tributaria.
- Alta en la Seguridad Social o mutualidad y plazos mÃnimos de cotización (en las solicitudes colectivas basta con que el requisito lo cumpla quien figure como primer solicitante).
El lÃmite para cada una de las deducciones serán las cotizaciones y cuotas toÂtales a la Seguridad Social y/o mutualidades devengadas en cada perÃodo impositivo. Si se tuviera derecho a la deducción por contar con varios ascendientes y/o descendientes con discapacidad, el lÃmite se aplicará de forma independiente respecto de cada uno de ellos.
Más información en: www.agenciatributaria.es, en el apartado de “Deducción familias numerosas y personas con discapacidad