Servicio de Logopedia

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¿Qué es la Logopedia?

Sesión de LogopediaLa Logopedia es la disciplina científica encargada del estudio, la investigación, la prevención, la evaluación, el diagnóstico y el tratamiento en todas las áreas de la comunicación humana. También, es el profesional encargado de trabajar en los diversos aspectos del lenguaje, del habla, de la voz, la audición y funciones orales no verbales, tanto en sus aspectos normativos como patológicos, a lo largo de todo el ciclo vital de la persona, desde el nacimiento hasta la última etapa de la vida.

Nuestro servicio

Sesión de LogopediaEl servicio de logopedia de AICCV es específico y exclusivo para personas con implante coclear, en el que se trabaja cada aspecto de la audición dependiendo del estado evolutivo de la persona, puesto que no es lo mismo trabajar con una persona que presente implante coclear, que trabajar con uno que presente otras necesidades evolutivas. Se realizan sesiones tanto para personas recién implantadas como para personas que quieran mejorar algún aspecto de su audición, como hablar por teléfono o la discriminación de algún fonema. Por ello, se realizará una primera sesión gratuita de evaluación en la que se determinará el número de sesiones pertinentes y la creación de un plan de acción junto con las familias. 

En principio, constaría de una sesión semanal o una sesión quincenal, dependiendo de las necesidades presentes. 

Se tendrá en cuenta los horarios de las personas, al igual que se puede aprovechar una consulta con su médico implantador para realizar la sesión.

¿En qué se basa nuestro servicio?

En los casos en los que es óptimo, trabajamos con la Terapia Auditivo-Verbal, que se basa en acentuar el desarrollo de las habilidades auditivas, desarrollando el lenguaje a través de la audición; en el que se crea con las familias un ambiente de escucha, procesamiento de lenguaje verbal y habla. Por ello, se invitará a las familias a ser partícipes de las sesiones.

Para usuarios más independientes trabajamos con un tipo de rehabilitación más clásica, en el que se potenciará el trabajo auditivo para incrementar los beneficios del implante coclear; al igual que se trabajará en las diferentes etapas de la audición, según sus necesidades, como la detección, discriminación, identificación y reconocimiento de los sonidos y del habla.

También consideramos importante la relación con otros centros especialistas y educativos para llevar a cabo un seguimiento de qué se está trabajando y llevar una línea común, ya que es importante la labor de todos los profesionales y el estrechar lazos para conseguir una rehabilitación óptima.

¿Dónde puedes encontrarnos?

Localización AICCVNos encontramos en el barrio de San Isidro, al lado del Hospital Universitario Doctor Peset y cerca del Hospital Universitario y Politécnico La Fe, dirección C/Campos Crespo, 86, bajo, Valencia.

¿Cómo puedes contactar con nosotros?

Puedes contactar con nosotros mediante nuestro correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla. / Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla. o llamando al número de teléfono 962 025 122 / 661 966 663.

También puedes encontrarnos en redes: Instagram @aiccv / Twitter @Federacionaice

¡Si tiene alguna duda, no dude en contactarnos! 

Medidas de acción positiva para personas con discapacidad

Escrito por AICCV el .

El reconocimiento del grado de discapacidad ofrece la posibilidad de acceder a determinados servicios, prestaciones y beneficios. El acceso está vinculado al grado reconocido (mínimo 33%), así como a otros requisitos que habrán de consultarse para cada medida concreta (edad, determinación de un límite de ingresos económicos, etc.).

La intención de este documento es facilitar la información relacionada con los servicios, prestaciones y beneficios a los que tienen derecho las personas con discapacidad. Algunas de las medidas contenidas en el documento no van dirigidas específicamente a personas con discapacidad, sino que suponen la ampliación de algún requisito de acceso o condición de la misma.

La información de este documento es orientativa, no tiene validez jurídica, siendo necesaria la comprobación de los requisitos, plazos y vigencia de los servicios, prestaciones o beneficios, por parte de las personas interesadas ante el organismo que los/as ofrece. Es importante informarse sobre el resto de requisitos requeridos, además del grado de discapacidad, para valorar de forma adecuada la posibilidad de acceso a la medida, en cada caso particular. Las medidas que se relacionan pueden variar en función de cada ejercicio presupuestario, o sufrir variaciones de diversa índole, tras la publicación del presente documento.

El documento se estructura en 6 tablas, que recogen las diferentes medidas según el grado de discapacidad requerido u otras circunstancias:

  1. Personas con grado de discapacidad ≥ al 33 %
  2. Personas con grado de discapacidad entre 45 %y 64 %
  3. Personas con grado de discapacidad ≥ 65 %
  4. Personas con grado de discapacidad física o sensorial ≥ al 65 %, o discapacidad psíquica ≥ al 33%
  5. Personas con movilidad reducida
  6. Personas con familiares con discapacidad a su cargo

 

Descarga del documento completo  (17 páginas, 982Kb)

Bono social de electricidad para consumidores vulnerables

Escrito por AICCV el .

El Bono Social de Electricidad es un mecanismo regulado por el Gobierno que busca proteger a consumidores vulnerables con menores posibilidades económicas.

Los criterios actuales para ser beneficiario del Bono Social de Electricidad se recogen en el Real Decreto 897/2017, de 8 de octubre de 2017 y en el Real Decreto-ley 15/2018, de 5 de octubre de 2018.

Las personas con 33% de discapacidad o más (todas las personas implantadas cocleares lo son) pueden ser especialmente susceptibles de ser receptoras.

El bono tiene una validez de dos años. Siendo renovable, para renovarlo se aportará la misma documentación que para su petición primera, excepto en el caso de las familias numerosas, para quienes será válido hasta que caduque este título.

Dependiendo de la renta del consumidor del año anterior, se le aplicara 25%, 40% y hasta el 100% de descuento en la factura de electricidad. Se tendrá en consideración si el demandante es pensionista, si está en paro, si tiene discapacidad o es familia numerosa o monoparental y su situación de vulnerabilidad delante de la crisis del COVID-19.

Beneficiarios

Consumidores Vulnerables, Consumidores Vulnerables Severos, Bono Social para afectados por el COVID y Consumidores en Riesgo de exclusión social.

Requisitos

  • Que el suministro esté destinado a la residencia habitual del titular.
  • Que el suministro esté acogido al Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC)

Documentación

  1.  Formulario de Bono Social firmado por todos los miembros de la unidad familiar mayores de 14 años.
  2.  Fotocopia del DNI o NIE del titular y de cada uno de los miembros de la unidad familiar incluidos los menores de 14 años que dispongan de él.
  3. Fotocopia del libro de familia o certificación de la hoja individual del Registro Civil del titular y de cada uno de los integrantes de la unidad familiar o cualquier otro documento expedido por la autoridad competente que acredite, de manera fehaciente, el estado civil del solicitante (por ejemplo, "certificado de fe de vida y estado").
  4. Certificado de empadronamiento en vigor del titular y de todos los miembros de la unidad familiar.
  5. Fotocopia del título de familia numerosa. (EN CASO DE SERLO).
  6. Certificado de los Servicios Sociales del órgano competente, o del que designe la comunidad autónoma, que acredite Circunstancias Especiales. SOLO NECESARIO EN CASO DE CUMPLIR CIRCUNSTANCIAS ESPECIALES (SALVO LAS FAMILIAS MONOPARENTALES).

¿Dónde tramitarlo?

Consultar con su compañía eléctrica.

Prestación económica por nacimiento o adopción de hijo, en supuestos de familias numerosas, monoparentales y en los casos de madres discapacitadas.

Escrito por AICCV el .

Es una prestación económica de pago único a tanto alzado que tiene por objeto compensar, en parte, el aumento de gastos que produce el nacimiento o adopción de hijo en familias numerosas, monoparentales o cuando la madre padezca una discapacidad igual o superior al 65 por ciento en el momento del parto.

Los hijos nacidos o adoptados a partir de 16-11-2007, en una familia numerosa, monoparental o cuando la madre se encuentre discapacitada en grado igual o superior al 65 por ciento, siempre que el nacimiento se haya producido en territorio español o que la adopción se haya constituido o reconocido por autoridad española competente.

Beneficiarios:

Los progenitores o adoptantes por el nacimiento o adopción de un hijo en supuestos de familias numerosas, monoparentales y en los casos de madres con discapacidad igual o superior al 65 por ciento, que cumplan los requisitos establecidos.

Cuando los niños queden huérfanos de ambos progenitores o adoptantes o estén abandonados, será beneficiaria la persona que legalmente se haga cargo de ellos.

Requisitos:

-        Residir legalmente en territorio español.

-        No percibir ingresos anuales, de cualquier naturaleza, superiores a los límites establecidos.

-        No tener derecho a prestaciones de esta misma naturaleza en cualquier otro régimen público de protección social.

Documentación:

Se aportarán los documentos necesarios para la acreditación de la identidad y de las circunstancias determinantes del derecho.

No se exigirá al solicitante la acreditación de hechos, datos o circunstancias que la Administración de la Seguridad Social deba conocer por sí misma.

¿Dónde tramitarlo?

La solicitud y documentación necesaria deberá presentarse en cualquiera de los Centros de atención e información de la Seguridad Social.

Prestaciones no contributivas de invalidez

Escrito por AICCV el .

El Estado, por medio de la Seguridad Social cuya gestión está transferida a la Comunidad Valenciana, asegura a todos los ciudadanos en situación de jubilación o invalidez y en estado de necesidad, una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una pensión contributiva.

Beneficiarios

Personas mayores de 18 años y menores de 65, en la fecha de la solicitud

Requisitos

-        Mayor de 18 años y menor de 65, en la fecha de la solicitud. 

-        Residir legalmente en territorio español y haberlo hecho durante 5 años, de los cuales dos serán inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud. 

-        Estar afectados por una minusvalía o enfermedad crónica igual o superior al 65%. 

-        Carecer de rentas o ingresos suficientes.

Documentación

-        Impreso de solicitud.

1- Copia de la sentencia judicial que declare la incapacidad legal y/o copia del documento que acredite la representación legal cuando la solicitud se suscriba por persona distinta del posible beneficiario.

2- Puede aportar cualquier otro documento que se considere oportuno para acreditar los datos declarados en esta solicitud, referidos a residencia, recursos económicos propios y de las personas con las que conviva, así como de dicha convivencia.

Servicios

Los pensionistas de PNC de invalidez cuyo grado de discapacidad sea igual o superior al 75% y acrediten la necesidad del concurso de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida, percibirán además un complemento del 50% de los 5.538,40 € anuales, por lo que su importe queda fijado en 2.769,20 € anuales.

¿Dónde tramitarlo?

En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales.

 http://www.inclusio.gva.es/es/web/mayores/pensiones-no-contributivas6b2

Calle Campos Crespo, núm. 86 bajo, derecha
Barrio de San Isidro
46014 Valencia

Tlf: +34.96.202.51.22

aiccv@implantecoclear.org

Declarada de utilidad Pública en el BOE 223 de 18 de septiembre de 2023

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